Mi idea no es rendirle homenaje, simplemente compartir con ustedes una anécdota de este personaje edificador de nuestro rock.
Un suceso cambia la exaltación de la banda. Una noche, el vasco, queda detenido por tenencia de cocaína. Su proceso legal duraría más de lo previsto….
El Fallo “Bazterrica” es el primer caso público de tenencia de drogas en el rock Argentino. Gustavo logra evitar la cárcel y sienta precedentes sobre las garantías constitucionales de los ciudadanos argentinos amparadas en el Art. 19 de la Constitución Nacional.
Art. 19, C.N. “Las Acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. (…)”
En 1986 La Corte Suprema dictaminó, sobre el caso Bazterrica, declarando que no constituía delito la tenencia de drogas para uso personal; alegando que, en la medida en que la tenencia de drogas no quede expuesta a los ojos de terceros, corriendo el riesgo de alarmarlos u ofenderlos, el poseedor quedaría amparado por la inmunidad que genera la “privacidad” de su conducta. Este antecedente es aprovechado por muchas personas que se encontraban en la misma situación que “el vasco”.
Lamentablemente, el éxito del fallo Bazterrica no duro mucho, ya que en 1990 la Corte de la presidencia de Menem dio marcha atrás en materia de libertades públicas. Esta corte defenestró lo asentado precedentemente y los tenedores de drogas fueron una vez más arrestados y condenados.
Esta es la Postura vigente en la Argentina.
Ahora bien, ¿somos libres de nuestra privacidad?
Que Sea Rock